En Docuu te ayudamos con todo el proceso ante la DIAN para que puedas enviar de manera ágil y segura tus documentos soporte y eventos de recepción.
Son documentos que se utilizan para acreditar la compra de bienes y/o servicios a un proveedor que no está obligado a facturar electrónicamente, por lo que, este documento lo debe generar el comprador para así poder incluirla en su contabilidad.
Registra tus datos y completa la información que te solicitamos AQUÍ.
Te llegará un correo de activación de tu cuenta con la documentación solicitada (RUT, Cámara de comercio y Cédula del RL) la cual debes enviar a soporte@docuu.co
Obtén el token AQUÍ y envíalo a soporte@docuu.co para que nuestro equipo pueda realizar las pruebas para la activación de tu cuenta.
Conoce el paso a paso de cómo solicitar tu resolución AQUÍ.
Con este token nosotros finalizaremos la activación de tu cuenta.
Selecciona el plan que más se ajuste a tu negocio y comienza a enviar tus documentos.
Es la confirmación del recibido de un bien o servicio de una factura electrónica a forma de pago a crédito.
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IMPORTANTE: Los paquetes no son acumulables ni redimibles luego del corte de cada mes.
En caso de no usar el aplicativo en un determinado mes se cobrarán un mínimo de $ 6.500 COP por mantenimiento.
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En caso de no usar el aplicativo en un determinado mes se cobrarán un mínimo de $ 6.500 COP por mantenimiento.
+57 317 243 2389 o PBX 601 3161215 Ext: 2
Correo electrónico: asesor_comercial@docuu.co
Es el documento que soporta la compra de un bien o servicio cuando el proveedor es un sujeto no obligado a expedir factura electrónica.
Todos los compradores de bienes y servicios que requieran soportar costos, deducciones e
impuestos descontables en las declaraciones de renta y complementarios.
Si, se debe de solicitar para así mismo poder realizar la emisión de los documentos soporte.
Acuse de recibo de la factura (obligatorio) – Acuse de recibo de la mercancía o la prestación
del servicio (obligatorio) – Aceptación de la factura electrónica (opcional): (Recepción de facturas electrónicas por compras a crédito) Según la Ley 2155 de 2021 que modifica el artículo 616-1 del Estatuto Tributario, reglamentado en la Resolución 000085 de 2022, los contribuyentes del impuesto de renta y responsables de IVA, ya sean personas jurídicas o personas naturales que adquieran bienes y servicios a crédito, o cuando les sea otorgado un plazo para realizar los pagos, deberán confirmar el acuse de recibido de la factura electrónica de venta y el recibo del bien o servicio mediante mensaje electrónico remitido al emisor, de lo contrario, estos costos y gastos no pueden ser imputados en las declaraciones de renta
como un gasto deducible ni se podrá tener el IVA como impuesto des contable.
A toda factura electronica de venta con tipo de pago o forma de pago a CRÉDITO.
Se tiene 3 días hábiles para realizar el proceso de envío de dichos eventos.
No, solo debes de realizar un proceso de adquisición del servicio con tu proveedor DOCUU.